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Datos Personales...
Poseer o tratar información que permita identificar a una persona obliga a cualquier organización, por pequeña que sea, a cumplir la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).

¿Qué es información personal? DNI, dirección, móvil, e-mail, cuenta corriente, fotografías, datos de salud, familiares... y cualquier otra referida a una persona.

La LOPD se dirige a garantizar los derechos fundamentales de las personas, y especialmente su honor e intimidad personal y familiar, en lo que concierne al tratamiento de sus datos personales.

Son tres las notas que caracterizan a un Dato de Carácter Personal (DCP):
a) cualquier información
b) concierniente a personas físicas
c) identificadas o identificables


Hay datos de una persona, como el nombre, el domicilio, etc., que tradicionalmente se consideran DCP, siempre que permitan al menos identificar directa o indirectamente al titular. La combinación de estos datos básicos puede incluso dar un perfil social, económico o cultural de la persona.



Pero DCP es cualquier información –numérica, alfabética, gráfica, fotográfica, acústica o de cualquier otra clase– concerniente a una persona física identificada o identificable. Entre los múltiples tipos de datos, destacamos algunos por su singular relevancia:

Datos audiovisuales. El campo de lo audiovisual afecta de lleno a los derechos de los ciudadanos en materia de protección de datos. Nuestra imagen queda registrada en multitud de ocasiones, debido al fuerte incremento en la instalación de cámaras de videovigilancia –en los lugares de trabajo, en los centros comerciales u oficinas abiertas al público, en los portales de las viviendas, en exteriores de edificios públicos, en zonas de ocio o de interés artístico o cultural, etc–, además de cámaras digitales particulares o las webcams que están colocadas en lugares muy diversos del planeta. La videovigilancia tiene un interés particular en el ámbito laboral, donde la facultad del empresario de establecer medidas de control puede entrar en conflicto con el derecho a la intimidad y la dignidad del trabajador.

Datos biométricos y genéticos. La huella digital, la retina o el iris del ojo, son fuentes de información única sobre la persona y que permiten su identificación mediante nuevas tecnologías. La Ciencia se ha desarrollado hasta permitir elaborar el mapa genético de la persona a partir de cualquier muestra biológica, con el que se puede obtener una enorme cantidad de información sobre las características personales y su salud presente e incluso futura.

Son realidades que cada vez dejan de estar en el horizonte del futuro para entrar en el mundo del presente con importantes implicaciones en el núcleo de la protección de datos: el poder de control de cada individuo sobre el uso de sus datos personales y el tratamiento que de éstos puedan hacer las organizaciones que legítimamente posean esa información.


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